Tema 5. El Gobierno y la Administración.
El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Revisado el con las bases oficiales.
Qué cubre este tema
El tema se apoya en los Títulos IV y V de la Constitución (arts. 97-116) y en la Ley 50/1997, del Gobierno: composición del Gobierno, funciones del Presidente y del Consejo de Ministros, el procedimiento de investidura del art. 99, las causas de cese del art. 101, la responsabilidad política solidaria (art. 108) y criminal (art. 102), y los instrumentos de relación con las Cortes: control ordinario (arts. 109-111), cuestión de confianza (art. 112), moción de censura (art. 113) y disolución (art. 115). Es materia muy preguntada: mayorías y plazos de la investidura y de la moción de censura, límites del Gobierno en funciones y funciones del Consejo de Ministros del art. 5 de la Ley del Gobierno.
Ideas clave
- El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes (art. 97 CE); se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley (art. 98.1), y la Ley 50/1997 lo concreta en Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes en su caso y Ministros (art. 1.2).
- En la investidura el Rey, previa consulta con los representantes de los grupos políticos y a través del Presidente del Congreso, propone un candidato; si obtiene mayoría absoluta queda investido, y en caso contrario se vota de nuevo cuarenta y ocho horas después bastando la mayoría simple; si transcurren dos meses desde la primera votación sin investidura, el Rey disuelve ambas Cámaras con el refrendo del Presidente del Congreso (art. 99 CE).
- El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, por pérdida de la confianza parlamentaria, por dimisión o por fallecimiento de su Presidente, y continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno (art. 101 CE); el Gobierno en funciones no puede proponer la disolución de las Cámaras, plantear la cuestión de confianza, proponer referéndum consultivo, presentar proyectos de ley ni aprobar el proyecto de Presupuestos (art. 21 Ley 50/1997).
- La responsabilidad criminal de los miembros del Gobierno se exige ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo; la acusación por traición o por delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones solo puede plantearla la cuarta parte de los Diputados y aprobarla la mayoría absoluta del Congreso, y no cabe la prerrogativa real de gracia (art. 102 CE).
- Corresponde al Consejo de Ministros, entre otras funciones del art. 5 de la Ley 50/1997, aprobar los proyectos de ley y el de Presupuestos, los Reales Decretos-leyes y Reales Decretos Legislativos, los reglamentos, declarar los estados de alarma y excepción y proponer al Congreso el de sitio, acordar la negociación y firma de tratados y crear, modificar y suprimir los órganos directivos de los Departamentos ministeriales.
- El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de sus miembros (art. 98.2 CE); le corresponde, según el art. 2 de la Ley 50/1997, proponer al Rey la disolución de las Cámaras y la convocatoria de referéndum, plantear la cuestión de confianza, proponer el nombramiento y cese de los demás miembros y crear, modificar y suprimir por Real Decreto los Departamentos ministeriales y las Secretarías de Estado.
- El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso (art. 108 CE); la cuestión de confianza, previa deliberación del Consejo de Ministros, se entiende otorgada por mayoría simple (art. 112), mientras que la moción de censura debe proponerse al menos por la décima parte de los Diputados, incluir un candidato, votarse no antes de cinco días desde su presentación y aprobarse por mayoría absoluta (art. 113).
- El Presidente puede proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes, previa deliberación del Consejo de Ministros y bajo su exclusiva responsabilidad, pero no mientras esté en trámite una moción de censura ni antes de que transcurra un año desde la anterior disolución, salvo el supuesto del art. 99.5 (art. 115 CE); las Cámaras pueden reclamar información al Gobierno y sus miembros están obligados a comparecer (arts. 109 y 110).
Cuánto pesa en el examen
Este tema forma parte de Bloque I · Organización del Estado y de la Administración pública, del programa oficial de Administrativo del Estado.
- El ejercicio dedica 90 preguntas al temario, repartidas entre 45 temas: de media, 2 preguntas por tema.
- Ritmo del examen: 100 minutos para 90 preguntas, unos 67 segundos por pregunta.
- Cada error resta 1/3 de un acierto, así que 3 fallos anulan una respuesta correcta: solo compensa arriesgar si descartas alguna de las 4 alternativas.
- Para el mínimo de 5 sobre 10 hacen falta 45 aciertos sin fallos.
Preguntas tipo examen
3 preguntas de muestra con el formato del examen. En Sacadiez tienes el banco completo del tema con explicación en cada respuesta.
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1 Conforme al art. 113 CE, la moción de censura debe ser propuesta al menos por:
- A Cincuenta Diputados y votarse en un plazo máximo de cinco días
- B La décima parte de los Diputados, incluir un candidato y no votarse hasta transcurridos cinco días desde su presentación
- C Un Grupo Parlamentario y votarse en las cuarenta y ocho horas siguientes
- D La cuarta parte de los Diputados y aprobarse por mayoría de dos tercios
Correcta: B. Art. 113 CE: propuesta por al menos la décima parte de los Diputados, con inclusión de candidato a la Presidencia, no podrá votarse hasta que transcurran cinco días desde su presentación y requiere mayoría absoluta.
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2 Según el art. 21 de la Ley 50/1997, el Gobierno en funciones NO puede:
- A Aprobar Reales Decretos-leyes en casos de extraordinaria y urgente necesidad
- B Despachar los asuntos ordinarios de la gestión pública
- C Presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados
- D Adoptar medidas urgentes debidamente acreditadas por razones de interés general
Correcta: C. Art. 21.5 Ley 50/1997: el Gobierno en funciones no podrá aprobar el proyecto de Ley de Presupuestos ni presentar proyectos de ley al Congreso o al Senado; el despacho ordinario y las medidas urgentes sí están permitidos (art. 21.3).
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3 De acuerdo con el art. 115 CE, el Presidente del Gobierno no puede proponer una nueva disolución de las Cortes:
- A Antes de que transcurran seis meses desde la anterior
- B Antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo el supuesto del art. 99.5
- C Durante los dos primeros años de la legislatura
- D Mientras no se haya aprobado la Ley de Presupuestos
Correcta: B. Art. 115.3 CE: no procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el art. 99.5; tampoco cabe mientras esté en trámite una moción de censura (art. 115.2).