Tema 11. Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público.
Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público. El procedimiento administrativo común y sus fases. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. Actividad administrativa impugnable. Las partes: capacidad, legitimación, representación y defensa.
Revisado el con las bases oficiales.
Qué cubre este tema
Es uno de los temas más extensos del programa: abarca la estructura y alcance de las Leyes 39/2015 y 40/2015, las fases del procedimiento administrativo común (iniciación, ordenación, instrucción y terminación), la revisión de los actos en vía administrativa (revisión de oficio, declaración de lesividad, revocación y rectificación de errores, recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión) y la vía contencioso-administrativa regulada en la Ley 29/1998: actividad impugnable y partes (capacidad, legitimación, representación y defensa). Se preguntan sobre todo plazos: subsanación, prueba, audiencia, resolución y silencio, interposición y resolución de recursos, y los plazos del art. 46 LJCA.
Ideas clave
- La Ley 39/2015 regula las relaciones externas entre la Administración y los ciudadanos (procedimiento común, actos, recursos, iniciativa legislativa y potestad reglamentaria) y la Ley 40/2015 la organización y el funcionamiento interno del sector público (órganos, sector público institucional, responsabilidad, relaciones interadministrativas).
- Los procedimientos se inician de oficio (por propia iniciativa, orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia, arts. 58 a 62) o a solicitud del interesado (art. 66); si la solicitud no reúne los requisitos se requiere subsanación en diez días, ampliables a cinco, con apercibimiento de desistimiento (art. 68 Ley 39/2015).
- El plazo máximo para resolver y notificar es el fijado por la norma reguladora, sin exceder de seis meses salvo que una ley o el derecho de la UE dispongan otro mayor; si no se fija, es de tres meses (art. 21 Ley 39/2015); en procedimientos iniciados a solicitud del interesado el silencio es estimatorio salvo excepciones (art. 24) y en los de oficio susceptibles de producir efectos favorables es desestimatorio y, si son sancionadores o de intervención, produce caducidad (art. 25).
- En la instrucción, el periodo de prueba se abre por un plazo no superior a treinta días ni inferior a diez (art. 77.2), los informes se emiten en diez días (art. 80.2), el trámite de audiencia dura entre diez y quince días (art. 82.2) y la información pública no puede ser inferior a veinte días (art. 83.2 Ley 39/2015).
- El procedimiento termina por resolución, desistimiento, renuncia, declaración de caducidad o imposibilidad material sobrevenida, así como por terminación convencional (arts. 84 a 95); en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la paralización por causa imputable a este durante tres meses produce la caducidad (art. 95 Ley 39/2015).
- La revisión de oficio de actos nulos exige dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo autonómico (art. 106); la declaración de lesividad de actos anulables favorables no puede adoptarse transcurridos cuatro años desde que se dictó el acto y caduca a los seis meses (art. 107); la Administración puede revocar actos desfavorables y rectificar errores materiales en cualquier momento (art. 109 Ley 39/2015).
- El recurso de alzada se interpone en un mes contra actos que no ponen fin a la vía administrativa y se resuelve en tres meses (arts. 121-122); el potestativo de reposición se interpone en un mes ante el mismo órgano y se resuelve en un mes (arts. 123-124); el extraordinario de revisión cabe contra actos firmes por las cuatro causas del art. 125.1, en cuatro años (error de hecho) o tres meses (art. 125 Ley 39/2015); la interposición no suspende la ejecución salvo decisión motivada, entendiéndose suspendida si no se resuelve la solicitud en un mes (art. 117).
- El recurso contencioso-administrativo es admisible contra disposiciones generales y actos expresos y presuntos que pongan fin a la vía administrativa, definitivos o de trámite cualificados, y contra la inactividad y la vía de hecho (arts. 25, 29 y 30 LJCA); están legitimados los titulares de derechos o intereses legítimos (art. 19); ante órganos unipersonales el Procurador es potestativo y el Abogado obligatorio, y ante órganos colegiados ambos son obligatorios (art. 23); el plazo de interposición es de dos meses para actos expresos y seis meses para presuntos (art. 46.1 LJCA).
Cuánto pesa en el examen
Este tema forma parte de Bloque I · Organización pública, del programa oficial de Auxiliar Administrativo del Estado.
- El ejercicio dedica 80 preguntas al temario, repartidas entre 28 temas: de media, 2,9 preguntas por tema.
- Ritmo del examen: 90 minutos para 110 preguntas, unos 49 segundos por pregunta.
- Cada error resta 1/3 de un acierto, así que 3 fallos anulan una respuesta correcta: solo compensa arriesgar si descartas alguna de las 4 alternativas.
- Para el mínimo de 5 sobre 10 hacen falta 55 aciertos sin fallos.
Preguntas tipo examen
3 preguntas de muestra con el formato del examen. En Sacadiez tienes el banco completo del tema con explicación en cada respuesta.
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1 Según el art. 68 de la Ley 39/2015, si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que subsane en un plazo de:
- A Cinco días, ampliables a diez
- B Diez días, ampliables hasta cinco días más cuando no se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva
- C Quince días improrrogables
- D Un mes
Correcta: B. Art. 68.1 y 68.2 Ley 39/2015: plazo de diez días para subsanar, con indicación de que si no lo hace se le tendrá por desistido; ampliable prudencialmente hasta cinco días si no se trata de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva.
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2 Conforme al art. 124 de la Ley 39/2015, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso potestativo de reposición es de:
- A Diez días
- B Un mes
- C Tres meses
- D Seis meses
Correcta: B. Art. 124.2 Ley 39/2015: el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes; el de alzada se resuelve en tres meses (art. 122.2).
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3 De acuerdo con el art. 23 de la Ley 29/1998, en sus actuaciones ante órganos colegiados de la jurisdicción contencioso-administrativa, las partes:
- A Pueden comparecer por sí mismas sin asistencia letrada
- B Deben conferir su representación a un Procurador y ser asistidas por Abogado
- C Pueden conferir su representación a un Procurador y serán asistidas en todo caso por Abogado
- D Solo necesitan Abogado si la cuantía supera los 30.000 euros
Correcta: B. Art. 23.2 LJCA: ante órganos colegiados las partes deberán conferir su representación a un Procurador y ser asistidas por Abogado; ante órganos unipersonales (art. 23.1) el Procurador es potestativo.
Esta materia entra también en Administrativo del Estado (tema 18), con el mismo temario oficial pero distinto formato de examen.