Tema 13. El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas.
El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas: concepto y clases. Régimen jurídico. El Registro Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo Público. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas de los funcionarios.
Revisado el con las bases oficiales.
Qué cubre este tema
Tema panorámico sobre el personal funcionario. Parte del concepto y las clases de empleados públicos del TREBEP (funcionarios de carrera e interinos, personal laboral y eventual), del régimen jurídico aplicable en la AGE (TREBEP, Ley 30/1984 y reglamentos de 1995 y 1986) y del Registro Central de Personal. Continúa con los instrumentos de planificación (programación de efectivos, planes de ordenación, Oferta de Empleo Público), la selección (principios, requisitos, sistemas y órganos de selección), la provisión de puestos (concurso y libre designación) y las situaciones administrativas del art. 85 TREBEP. Las preguntas más habituales son los requisitos de acceso, los sistemas selectivos, los plazos de la OEP y los efectos de cada situación administrativa.
Ideas clave
- Los empleados públicos se clasifican en funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual (art. 8.2 TREBEP); el funcionario de carrera está vinculado por una relación estatutaria de Derecho Administrativo de carácter permanente (art. 9.1) y el interino se nombra con carácter temporal por necesidad y urgencia en los supuestos del art. 10.1.
- La estructuración del empleo público se realiza mediante relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares, que comprenden al menos la denominación de los puestos, los grupos de clasificación, los cuerpos o escalas, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias, y son públicos (art. 74 TREBEP).
- Las Administraciones pueden aprobar planes para la ordenación de sus recursos humanos con medidas como análisis de disponibilidades y necesidades de personal, previsiones sobre sistemas de organización, medidas de movilidad y de promoción interna y formación, y previsión de la incorporación de recursos humanos a través de la Oferta de Empleo Público (art. 69 TREBEP).
- La Oferta de Empleo Público comprende las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban cubrirse con personal de nuevo ingreso, se aprueba anualmente por los órganos de gobierno, se publica en el Diario oficial y debe ejecutarse en el plazo improrrogable de tres años (art. 70 TREBEP); en la AGE la aprueba el Gobierno (art. 3.2.g Ley 30/1984).
- La selección se rige por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y por los de publicidad, transparencia, imparcialidad y profesionalidad de los órganos de selección, independencia y discrecionalidad técnica, adecuación de las pruebas a las funciones y agilidad (art. 55 TREBEP); los sistemas para funcionarios de carrera son la oposición y el concurso-oposición, y el concurso solo excepcionalmente por ley (art. 61.6).
- Para participar en los procesos selectivos se exige nacionalidad española (con las excepciones del art. 57 para nacionales de la Unión Europea y otros), capacidad funcional, dieciséis años cumplidos sin exceder la edad de jubilación forzosa, no haber sido separado del servicio ni estar inhabilitado y poseer la titulación exigida (art. 56 TREBEP).
- La provisión de puestos se hace por concurso, sistema normal en el que se valoran méritos por órganos colegiados, y por libre designación con convocatoria pública, basada en la apreciación discrecional de la idoneidad y con cese discrecional (arts. 78 a 80 TREBEP; art. 36 RD 364/1995).
- Los funcionarios de carrera pueden hallarse en servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones Públicas, excedencia (voluntaria por interés particular, por agrupación familiar, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o sexual y por violencia terrorista) y suspensión de funciones (arts. 85 y 89 TREBEP); quienes están en servicios especiales tienen reserva de puesto y el tiempo les computa a efectos de ascensos, trienios, promoción y derechos pasivos (art. 87.2 y 3).
Cuánto pesa en el examen
Este tema forma parte de Bloque I · Organización pública, del programa oficial de Auxiliar Administrativo del Estado.
- El ejercicio dedica 80 preguntas al temario, repartidas entre 28 temas: de media, 2,9 preguntas por tema.
- Ritmo del examen: 90 minutos para 110 preguntas, unos 49 segundos por pregunta.
- Cada error resta 1/3 de un acierto, así que 3 fallos anulan una respuesta correcta: solo compensa arriesgar si descartas alguna de las 4 alternativas.
- Para el mínimo de 5 sobre 10 hacen falta 55 aciertos sin fallos.
Preguntas tipo examen
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1 Según el art. 61.6 del TREBEP, los sistemas selectivos de funcionarios de carrera son:
- A La oposición, el concurso-oposición y el concurso libre indistintamente
- B La oposición y el concurso-oposición; el concurso solo con carácter excepcional y en virtud de ley
- C El concurso de méritos y la entrevista
- D Exclusivamente la oposición
Correcta: B. Art. 61.6 TREBEP: los sistemas serán «los de oposición y concurso-oposición»; «sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso».
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2 Conforme al art. 56.1.c) del TREBEP, la edad mínima para participar en los procesos selectivos es de:
- A Dieciséis años
- B Dieciocho años
- C Veintiún años
- D Veintitrés años
Correcta: A. Art. 56.1.c) TREBEP: «Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa».
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3 De acuerdo con el art. 85.1 del TREBEP, NO es una situación administrativa de los funcionarios de carrera:
- A Servicio en otras Administraciones Públicas
- B Servicios especiales
- C Comisión de servicios
- D Suspensión de funciones
Correcta: C. Art. 85.1 TREBEP enumera servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones Públicas, excedencia y suspensión de funciones; la comisión de servicios es una forma temporal de provisión de puestos (art. 64 RD 364/1995) y el funcionario permanece en servicio activo.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 5/2015, TREBEP (arts. 8-12, 55-61, 69-74, 78-80 y 85-91)
- Ley 30/1984, de medidas para la reforma de la Función Pública (arts. 3, 13 y 15)
- Real Decreto 364/1995, Reglamento General de Ingreso y Provisión de Puestos
- Real Decreto 365/1995, Reglamento de Situaciones Administrativas