Tema 8. De los Tribunales de Instancia y del Tribunal Central de Instancia.
De los Tribunales de Instancia y del Tribunal Central de Instancia. Organización y competencia de los Tribunales de Instancia: Sección Única, Secciones Civil, De Instrucción, De Familia, Infancia y Capacidad, De lo Mercantil, De Violencia sobre la Mujer, De Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, De lo Penal, De Menores, De Vigilancia Penitenciaria, De lo Contencioso-Administrativo y De lo Social. La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alicante: Tribunal de Marca de la Unión Europea. Los jueces o juezas de Paz, Oficina de Justicia en el Municipio, las Agrupaciones de Oficinas de Justicia: Organización y competencias, elección del Juez o Jueza de Paz, la Secretaría de las Oficinas de Justicia.
Revisado el con las bases oficiales.
Qué cubre este tema
El tema explica el nuevo primer escalón de la organización judicial tras la LO 1/2025: los Tribunales de Instancia (arts. 84-96 LOPJ), que sustituyen a los antiguos Juzgados y se estructuran en Secciones, y el Tribunal Central de Instancia con sede en Madrid (art. 95). Se detallan la Sección Única o las Secciones Civil y de Instrucción, y las Secciones de Familia, Infancia y Capacidad, de lo Mercantil (con la especialidad del Tribunal de Marca de la Unión Europea en Alicante), de Violencia sobre la Mujer, de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, de lo Penal, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social. Cierra con la justicia de paz: jueces y juezas de paz (arts. 99-103) y las Oficinas de Justicia en los municipios y sus agrupaciones (arts. 439 ter a 439 quinquies). Se pregunta qué Sección conoce de cada materia, cuándo hay Presidencia de Sección, la composición del Tribunal Central y el procedimiento de elección del juez de paz.
Ideas clave
- Hay un Tribunal de Instancia en cada partido judicial, con sede en su capital, de la que toma su nombre; está integrado por una Sección Única de Civil y de Instrucción o, en los supuestos de la Ley 38/1988 de Demarcación y Planta, por una Sección Civil y otra de Instrucción, y puede contar además con Secciones de Familia, Infancia y Capacidad, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, de lo Penal, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social (art. 84.1 y 2 LOPJ).
- Cada Tribunal de Instancia cuenta con una Presidencia, y las Secciones tienen Presidencia de Sección cuando el Tribunal tiene dos o más Secciones, la Sección cuenta con ocho o más plazas judiciales y el total de plazas del Tribunal es igual o superior a doce (art. 84.3 LOPJ); la adscripción de jueces y magistrados a las Secciones es funcional (art. 84.4).
- Las Secciones Civiles o Únicas conocen en primera instancia de los juicios civiles no atribuidos a otros órganos, de los actos de jurisdicción voluntaria, de los recursos contra las resoluciones de los jueces de paz del partido y del reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras (art. 85 LOPJ); las Secciones de Instrucción o Únicas instruyen las causas cuyo enjuiciamiento corresponde a las Audiencias Provinciales y a las Secciones de lo Penal, conocen de los delitos leves, de los procedimientos de habeas corpus y de la autorización del internamiento de extranjeros (art. 88).
- Con carácter general, en el Tribunal de Instancia de la capital de cada provincia y con jurisdicción en toda ella existen una Sección de lo Mercantil (art. 87.1), una de lo Penal (art. 90.1), una de Menores (art. 91.1), una de Vigilancia Penitenciaria (art. 92.1), una de lo Contencioso-Administrativo (art. 93.1) y una de lo Social (art. 94.1); las Secciones de Familia, Infancia y Capacidad (art. 86), de Violencia sobre la Mujer (art. 89) y de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia (art. 89 bis) se crean en función de la carga de trabajo con jurisdicción en todo el partido, y si no existen, sus asuntos los asume un juez de la Sección Civil o de Instrucción designado al efecto.
- La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alicante tiene competencia exclusiva, en primera instancia y con jurisdicción en todo el territorio nacional, sobre las acciones basadas en el Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea y en el Reglamento (CE) 6/2002 sobre dibujos y modelos comunitarios, y a esos solos efectos se denomina Tribunal de Marca de la Unión Europea (art. 87.10 LOPJ); los recursos los resuelven las Secciones especializadas de la Audiencia Provincial de Alicante (art. 82.3).
- Las Secciones de Violencia sobre la Mujer instruyen los procesos por homicidio, aborto, lesiones, delitos contra la libertad, la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad o el honor cometidos contra quien sea o haya sido esposa o mujer ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, adoptan las órdenes de protección y conocen de los delitos leves con esas víctimas (art. 89.5 LOPJ); la Sección de lo Penal enjuicia las causas por delito que la ley determine y ejecuta las sentencias dictadas en causas por delito grave o menos grave instruidas por las Secciones de Instrucción y de Violencia (art. 90).
- En la Villa de Madrid, con jurisdicción en todo el territorio nacional, existe un Tribunal Central de Instancia con Secciones de Instrucción (instruye las causas de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, tramita las órdenes europeas de detención y las extradiciones pasivas), de lo Penal, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria y de lo Contencioso-Administrativo, esta última para los recursos contra actos de órganos con competencia en todo el territorio nacional (art. 95 LOPJ).
- En cada municipio donde no exista Tribunal de Instancia hay un juez o jueza de paz (art. 99 LOPJ), que conoce en el orden civil de los procesos que la ley determine y en el penal de los delitos leves que se le atribuyan (art. 100); es elegido por el Pleno del Ayuntamiento por mayoría absoluta entre quienes lo soliciten, aunque no sean licenciados en Derecho, y nombrado por cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, que lo designa directamente si el Ayuntamiento no formula propuesta en tres meses (arts. 101 y 102). En esos municipios existe una Oficina de Justicia en el municipio (art. 439 ter), servida por funcionarios de la Administración de Justicia cuando el municipio supera los 7.000 habitantes, cuya Secretaría desempeña personal del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa; pueden formarse agrupaciones de Oficinas de municipios limítrofes del mismo partido judicial con un municipio cabecera (art. 439 quinquies).
Cuánto pesa en el examen
Este tema forma parte de Programa del Cuerpo de Auxilio Judicial, del programa oficial de Auxilio Judicial.
- El ejercicio dedica 100 preguntas al temario, repartidas entre 26 temas: de media, 3,8 preguntas por tema.
- Ritmo del examen: 100 minutos para 100 preguntas, unos 60 segundos por pregunta.
- Cada error resta 1/4 de un acierto, así que 4 fallos anulan una respuesta correcta: solo compensa arriesgar si descartas alguna de las 4 alternativas.
- Para el mínimo de 5 sobre 10 hacen falta 50 aciertos sin fallos.
Preguntas tipo examen
3 preguntas de muestra con el formato del examen. En Sacadiez tienes el banco completo del tema con explicación en cada respuesta.
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1 Según el art. 84.2 de la LOPJ, ¿cuál de las siguientes NO es una Sección que pueda integrar un Tribunal de Instancia?
- A Sección de Vigilancia Penitenciaria
- B Sección de Familia, Infancia y Capacidad
- C Sección de lo Militar
- D Sección de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia
Correcta: C. Art. 84.2 LOPJ: además de la Sección Única o de las Secciones Civil y de Instrucción, los Tribunales de Instancia pueden integrar Secciones de Familia, Infancia y Capacidad, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, de lo Penal, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social. No existe Sección de lo Militar.
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2 De acuerdo con el art. 95 de la LOPJ, el Tribunal Central de Instancia cuenta con Secciones de Instrucción, de lo Penal, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria y:
- A De lo Social
- B De lo Contencioso-Administrativo
- C De lo Mercantil
- D De Violencia sobre la Mujer
Correcta: B. Art. 95 LOPJ: el Tribunal Central de Instancia, con sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional, tiene Secciones de Instrucción, de lo Penal, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria y de lo Contencioso-Administrativo.
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3 Conforme al art. 101 de la LOPJ, los jueces y juezas de paz son elegidos por el Pleno del Ayuntamiento y nombrados:
- A Por el Ministerio de Justicia, por un periodo de cinco años
- B Por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, por un periodo de cuatro años
- C Por el Presidente del Tribunal de Instancia del partido, por dos años
- D Por el Consejo General del Poder Judicial, por tres años
Correcta: B. Art. 101.1 y 2 LOPJ: los jueces de paz y sus sustitutos son nombrados para un periodo de cuatro años por la Sala de Gobierno del TSJ correspondiente, recayendo el nombramiento en las personas elegidas por el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros.
Fuentes
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (arts. 84-103 y 439 ter a 439 quinquies)
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (art. 1 y disposición transitoria primera)
- Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial