Tema 25. El Registro Civil.
El Registro Civil. Estructura del Registro Civil. Las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y sus funciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil. Las inscripciones: Inscripción de nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio; inscripción del fallecimiento. Otras inscripciones. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil.
Revisado el con las bases oficiales.
Qué cubre este tema
El tema desarrolla la Ley 20/2011 del Registro Civil: su naturaleza de registro público único y electrónico dependiente del Ministerio de Justicia, organizado en registros individuales con código personal; su estructura en Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y las funciones de cada una; los hechos y actos inscribibles del art. 4; las inscripciones de nacimiento y filiación, matrimonio y defunción con sus plazos y documentos; las certificaciones literales y en extracto y los datos especialmente protegidos; y los procedimientos registrales y su régimen de recursos ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Se preguntan la lista de oficinas, las 72 horas de comunicación del nacimiento, los diez días para declararlo, el certificado médico de defunción y el plazo de un mes del recurso.
Ideas clave
- El Registro Civil es un registro público dependiente del Ministerio de Justicia cuyos asuntos corresponden a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que hace constar oficialmente los hechos y actos relativos al estado civil (art. 2); cada persona tiene un registro individual, abierto con la inscripción de nacimiento o el primer asiento, identificado por un código personal único e invariable (arts. 5 y 6), y los asientos son inscripciones, anotaciones y cancelaciones (art. 38 Ley 20/2011).
- El Registro Civil se organiza en Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares; los asientos los practican los Encargados, que pueden delegar en el personal de la oficina, y los ciudadanos pueden presentar solicitudes ante cualquier Oficina, electrónicamente o en las Oficinas Colaboradoras (art. 20 Ley 20/2011).
- La Oficina Central, cuyos Encargados designa el Ministerio de Justicia, practica las inscripciones derivadas de resoluciones de la Dirección General, las de documentos extranjeros salvo competencia consular y las de fallecimiento de extranjeros al servicio de las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en misiones fuera de España (art. 21); las Oficinas Consulares, a cargo de los Cónsules, inscriben los hechos de españoles en su circunscripción, expiden certificaciones e instruyen el expediente previo de matrimonio (arts. 23 y 24).
- Existe una Oficina General en todas las poblaciones sede de capital de partido judicial, al frente de un Encargado bajo dependencia funcional de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública; sus funciones son recibir declaraciones y solicitudes, tramitar y resolver expedientes, practicar inscripciones y expedir certificaciones (art. 22 Ley 20/2011).
- Son inscribibles el nacimiento, la filiación, el nombre y apellidos y sus cambios, el sexo y su cambio, la nacionalidad y vecindad civil, la emancipación, el matrimonio y su separación, nulidad y divorcio, el régimen económico matrimonial, las relaciones paterno-filiales, los poderes preventivos y medidas de apoyo, las resoluciones sobre medidas judiciales de apoyo, el patrimonio protegido, la tutela del menor, las declaraciones de ausencia y fallecimiento y la defunción (art. 4 Ley 20/2011).
- La inscripción de nacimiento hace fe del hecho, fecha, hora, lugar, identidad, sexo y filiación (art. 44.2) y se practica por declaración en documento oficial con el parte facultativo (art. 44.3); los centros sanitarios comunican cada nacimiento en 72 horas (art. 46) y, fuera de centro sanitario o sin remisión en plazo, los obligados disponen de diez días para declararlo, precisándose expediente registral una vez transcurrido (art. 47).
- El matrimonio civil se celebra ante alcalde o concejal, letrado de la Administración de Justicia, notario o funcionario diplomático o consular, previa acta o expediente (art. 58) y se inscribe en los registros individuales de los contrayentes (art. 59); la separación, nulidad y divorcio se inscriben mediante testimonio remitido por el LAJ el mismo día o el siguiente hábil (art. 61); la inscripción de defunción es obligatoria, exige siempre certificado médico de defunción y cierra el registro individual, expidiendo el Encargado la licencia de entierro o incineración (arts. 62 y 66).
- Las certificaciones las expiden los Encargados por medios electrónicos, son literales o en extracto (esta por defecto) y negativas si no hay asiento (arts. 81 y 82); los datos especialmente protegidos (filiación adoptiva o desconocida, discapacidad y medidas de apoyo, cambios de apellido por violencia de género, rectificación de sexo, privación de patria potestad y matrimonio secreto) solo son accesibles al inscrito o sus representantes (arts. 83 y 84); los expedientes los tramita y resuelve el Encargado con silencio negativo (art. 88) y contra sus decisiones cabe recurso ante la Dirección General en un mes, que resuelve en seis meses (arts. 85 y 86).
Cuánto pesa en el examen
Este tema forma parte de Programa del Cuerpo de Auxilio Judicial, del programa oficial de Auxilio Judicial.
- El ejercicio dedica 100 preguntas al temario, repartidas entre 26 temas: de media, 3,8 preguntas por tema.
- Ritmo del examen: 100 minutos para 100 preguntas, unos 60 segundos por pregunta.
- Cada error resta 1/4 de un acierto, así que 4 fallos anulan una respuesta correcta: solo compensa arriesgar si descartas alguna de las 4 alternativas.
- Para el mínimo de 5 sobre 10 hacen falta 50 aciertos sin fallos.
Preguntas tipo examen
3 preguntas de muestra con el formato del examen. En Sacadiez tienes el banco completo del tema con explicación en cada respuesta.
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1 Según el art. 46 de la Ley 20/2011, los hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios deben comunicar los nacimientos a la Oficina del Registro Civil en el plazo de:
- A 24 horas
- B 48 horas
- C 72 horas
- D Diez días
Correcta: C. Art. 46 Ley 20/2011: la dirección de los centros sanitarios comunica cada nacimiento «en el plazo de setenta y dos horas»; los diez días del art. 47 son el plazo de declaración de los obligados cuando el nacimiento se produce fuera de centro sanitario.
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2 Contra las decisiones de los Encargados de las Oficinas del Registro Civil, el art. 85 de la Ley 20/2011 permite interponer recurso:
- A Ante el Juzgado de Primera Instancia en diez días
- B Ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en el plazo de un mes
- C Ante la Audiencia Provincial en veinte días
- D Ante el Ministerio de Justicia en el plazo de tres meses
Correcta: B. Art. 85.1 Ley 20/2011: los interesados solo pueden interponer recurso ante la Dirección General (hoy de Seguridad Jurídica y Fe Pública) en el plazo de un mes; la Dirección resuelve en seis meses (art. 86).
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3 Conforme al art. 20 de la Ley 20/2011, ¿cuál de las siguientes NO forma parte de la estructura del Registro Civil?
- A Oficina Central
- B Oficinas Generales
- C Oficinas Consulares
- D Oficinas Provinciales
Correcta: D. Art. 20.1 Ley 20/2011: el Registro Civil se organiza en Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares; las Oficinas Colaboradoras solo reciben solicitudes y documentación (art. 20.3).