Tema 2. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. El Sistema Nacional de Salud y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas. El Área de Salud.
Revisado el con las bases oficiales.
Qué cubre este tema
El tema estudia la Ley 14/1986, General de Sanidad, en su dimensión organizativa: el Sistema Nacional de Salud como conjunto de los Servicios de Salud del Estado y de las Comunidades Autónomas, sus características fundamentales y el Consejo Interterritorial como órgano de coordinación; los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, que integran todos los centros y establecimientos sanitarios públicos de su territorio; y el Área de Salud como estructura fundamental, con su población de referencia, sus órganos (Consejo de Salud, Consejo de Dirección y Gerente) y su división en Zonas Básicas. Se completa con la peculiaridad madrileña del Área Sanitaria Única (LOSCAM). Se preguntan cifras de población, porcentajes de composición de los órganos y números de artículo.
Ideas clave
- La Ley 14/1986 tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud del art. 43 CE (art. 1) y tiene carácter de norma básica al amparo del art. 149.1.16.ª CE (art. 2); son titulares del derecho todos los españoles y los extranjeros residentes en España (art. 1.2).
- El Sistema Nacional de Salud es el conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas (art. 44.2) e integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que son responsabilidad de los poderes públicos (art. 45).
- Son características fundamentales del SNS (art. 46): la extensión de sus servicios a toda la población, la organización adecuada para prestar una atención integral (promoción, prevención, curación y rehabilitación), la coordinación e integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo único, la financiación con recursos de las Administraciones públicas, cotizaciones y tasas, y la prestación de una atención integral procurando altos niveles de calidad.
- El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud es el órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los servicios de salud entre sí y con la Administración del Estado (art. 47 LGS, desarrollado por los arts. 69 a 75 de la Ley 16/2003); lo integran el Ministro de Sanidad, que lo preside, y los consejeros competentes en sanidad de las Comunidades Autónomas.
- En cada Comunidad Autónoma se constituye un Servicio de Salud integrado por todos los centros, servicios y establecimientos de la propia Comunidad, Diputaciones, Ayuntamientos y cualesquiera otras Administraciones territoriales intracomunitarias, gestionado bajo la responsabilidad de la Comunidad Autónoma (art. 50); su ordenación se hace mediante el Plan de Salud de cada Comunidad, que engloba las acciones sanitarias necesarias (art. 54).
- Las Áreas de Salud son las estructuras fundamentales del sistema sanitario, responsables de la gestión unitaria de los centros y establecimientos del Servicio de Salud en su demarcación y de las prestaciones y programas sanitarios (art. 56.2); se delimitan atendiendo a factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos y de dotación de vías y medios de comunicación e instalaciones sanitarias (art. 56.3).
- Como regla general, el Área de Salud atiende a una población no inferior a 200.000 ni superior a 250.000 habitantes, salvo Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, y cada provincia tiene como mínimo un Área (art. 56.4); sus órganos son el Consejo de Salud (participación), el Consejo de Dirección (dirección) y el Gerente (gestión) (art. 57), y el Consejo de Dirección se forma con un 60 % de representantes de la Comunidad Autónoma y un 40 % de las Corporaciones Locales (art. 59).
- Las Áreas se dividen en Zonas Básicas de Salud, marco territorial de la atención primaria (art. 62), y cada Área dispone al menos de un hospital general (art. 65); en la Comunidad de Madrid, la Ley 6/2009 dio nueva redacción al art. 4 de la LOSCAM y organizó el sistema sanitario en un Área Sanitaria Única integrada por todo el territorio regional.
Cuánto pesa en el examen
Este tema forma parte de Temas comunes, del programa oficial de Celador/a del SERMAS.
- El ejercicio dedica 60 preguntas al temario, repartidas entre 16 temas: de media, 3,8 preguntas por tema.
- Ritmo del examen: 90 minutos para 60 preguntas, unos 90 segundos por pregunta.
- Cada error resta 1/4 de un acierto, así que 4 fallos anulan una respuesta correcta: solo compensa arriesgar si descartas alguna de las 4 alternativas.
- Para el mínimo de 5 sobre 10 hacen falta 30 aciertos sin fallos.
Preguntas tipo examen
3 preguntas de muestra con el formato del examen. En Sacadiez tienes el banco completo del tema con explicación en cada respuesta.
-
1 Según el art. 56 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, como regla general el Área de Salud extenderá su acción a una población:
- A No inferior a 100.000 ni superior a 150.000 habitantes
- B No inferior a 200.000 ni superior a 250.000 habitantes
- C De entre 5.000 y 25.000 habitantes
- D No superior a 500.000 habitantes
Correcta: B. Art. 56.4 LGS: el Área de Salud extenderá su acción a una población no inferior a 200.000 habitantes ni superior a 250.000, con las excepciones de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla; en todo caso, cada provincia tendrá como mínimo un Área.
-
2 De acuerdo con el art. 59 de la Ley General de Sanidad, el Consejo de Dirección del Área de Salud está formado por:
- A Representantes de la Comunidad Autónoma (60 %) y de las Corporaciones Locales (40 %)
- B Representantes de las Corporaciones Locales (50 %) y de las organizaciones sindicales (50 %)
- C El Gerente del Área y los directores de los centros de salud
- D Representantes de la Administración del Estado (60 %) y de la Comunidad Autónoma (40 %)
Correcta: A. Art. 59.2 LGS: el Consejo de Dirección del Área está formado por la representación de la Comunidad Autónoma, que supone el 60 % de sus miembros, y los representantes de las Corporaciones Locales, que suponen el 40 %.
-
3 La Ley 14/1986 define el Sistema Nacional de Salud como:
- A El conjunto de hospitales públicos y concertados del Estado
- B El conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas
- C El Ministerio de Sanidad y sus organismos autónomos
- D La red de centros de la Seguridad Social transferidos a las Comunidades Autónomas
Correcta: B. Art. 44.2 LGS: el Sistema Nacional de Salud es el conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, en los términos establecidos en la ley.
Fuentes
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, arts. 1 a 3, 44 a 60, 62 y 65
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del SNS, arts. 69 a 75 (Consejo Interterritorial)
- Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, art. 4 (Área Sanitaria Única)
- Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid